Madrid10

Queremos que los valores culturales de  la ARQUITECTURA SINGULAR O PROTEGIDA
sean reconocidos y tenidos en cuenta desde el principio, cuando se planteen operaciones de rehabilitación, reforma o cambio de uso, preservándolos para las generaciones futuras y sin renunciar a la utilización racional de los mismos.

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Para ello es necesario un cambio de actitud radical por parte de las Administraciones y del propio Colegio de arquitectos, y una nueva Ley de Patrimonio Histórico que tenga en cuenta EL VALOR CULTURAL DE TODA LA ARQUITECTURA DE CALIDAD, ANTIGUA O MODERNA, y que reconozca que está pendiente de proteger legalmente la mayor parte de nuestro patrimonio
edificado, como hacía la antigua Ley 10/1998 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

La Ley 3/2013 de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid ha rebajado de una manera drástica la protección y el concepto mismo de los Bienes de Interés Cultural y de Interés Patrimonial, excluyendo la práctica totalidad de la arquitectura residencial, administrativa, de oficinas o industrial, es decir, la que tiene un significativo valor económico en el mercado inmobiliario.

La protección genérica a la arquitectura singular pendiente de catalogación y declaración que existía en la legislación anterior ha desaparecido, sustituida por una simple protección transitoria de determinadas tipologías (las menos) hasta la aprobación de los catálogos municipales, momento en que el grueso de la arquitectura de reconocido valor cultural pasará a ser competencia de los ayuntamientos, si es que queda recogida en ellos. Todo ello sin adoptar medidas para dotar a los ayuntamientos de personal técnico formado en reconocimiento y protección del patrimonio.

Este auténtico atentado contra la arquitectura moderna y contemporánea, la más sensible a las operaciones inmobiliarias de gran alcance, se está realizando con la colaboración o actitud pasiva de la actual Junta de Gobierno del Colegio de Arquitectos.

Basta citar casos como la descatalogación del edificio Capitol  (considerado hasta 2012 como Monumento y ahora sin protección legal por Patrimonio Histórico), el Banco Hispano Americano (declarado Monumento en su día y ahora reducido a poco más que su fachada) o el edificio del Banco Español de Crédito (incoado Monumento en su día y ahora reducido a poco más que su fachada).

En cuanto a la protección de la arquitectura singular a través de los Catálogos de Planeamiento de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, proponemos una revisión de la arquitectura singular, antigua o moderna, con el fin de contribuir a la conservación de los bienes y una vigilancia  de los mismos para que no se produzca una desprotección de los mismos, tras décadas de trabajo realizado.